Peter Drucker, gurú de la gestión empresarial moderna, dijo que “lo que no se puede medir no se puede controlar. Lo que no se puede controlar no se puede gestionar. Lo que no se puede gestionar no se puede mejorar”.
Fuente: Equipo de Comunicaciones Imagine
Si eres emprendedor o emprendedora, seguramente iniciaste actividades en el Servicios de Impuestos Internos (SII), y como ya estamos en marzo, en Imagine entregamos recomendaciones al momento de realizar la Operación Renta 2022 que corresponde al año tributario anterior a la declaración de impuestos.
Para ello, Felix Sánchez, Jefe de Administración y Finanzas de Imagine te entrega 6 tips que debes tener en cuenta:
- La declaración de Impuesto a la Renta es una obligación legal, y además, clave para el ingreso y desarrollo del país.
- Tener emitidas todas tus facturas del 2021.
- Asegurarte que todas las compras, servicios o remuneraciones que contrataste y/o pagaste, estén respaldados con documentos tributarios y legales, ya sean facturas, boletas de honorarios o liquidaciones de sueldo.
- Verificar que todos los Impuestos Mensuales (IVA) se encuentren declarados y pagados a diciembre 2021.
- Llevar un registro ordenado de todas las facturas emitidas y/o recibidas, con los detalles de sus pagos.
- Asesorar tu gestión financiera y tributaria con algún contador que revise y mantenga al día tus registros, esto hará más fácil tu declaración.
Así también, y a modo de recordatorio, es importante que tengas muy claro el Régimen Tributario en el que te encuentras con tu empresa, si eres pyme asociada al Régimen 14 D N°3, entonces esto es para ti, te dejamos un breve calendario de las declaraciones juradas y formularios que debes presentar en esos meses:
- Declaración Jurada 1879 Registro Anual de Boletas de Honorarios Electrónicas o Retenciones de Honorarios: Si Recibiste Boletas de Honorarios electrónicas durante el 2021 debes realizar esta Declaración, fecha de vencimiento 28-03-2022.
- Declaración Jurada 1887 Sueldos, otros componentes de la remuneración y retenciones del impuesto único de segunda categoría. Si tuviste personas contratadas durante el 2021 debes realizar esta Declaración, fecha de vencimiento 28-03-2022.
- Declaración Jurada 1948 Retiros, remesas y/o dividendos distribuidos. Si realizaste retiros, dividendos o remesas, debes presentar esta Declaración, fecha de vencimiento a más tardar Junto al F22.
- Declaración de Renta por medio del formulario 22, fecha de vencimiento 30-04-2022.
Cabe destacar que el año comercial es cuando se realizaron las transacciones, mientras que el año tributario es cuando pagas o recibes la devolución de impuestos (en abril de cada año), por las actividades del año comercial (año anterior). Por lo tanto, este año tributario 2022 en abril declararás la información que obtuviste en el año comercial 2021.
En Imagine estamos para ayudarte en la Operación Renta 2022.